lunes, 4 de agosto de 2014

La ONU condena a España a través del Comité CEDAW

Hoy podíamos leer el siguiente artículo en el diario El País:

El Comité de Naciones Unidas para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW) ha condenado a España por no proteger a una mujer víctima de violencia de género y a su hija, de siete años, a la que el maltratador asesinó en 2003 en una de las visitas pautadas en el régimen de separación. La mujer, Ángela González, había denunciado a su exmarido en 30 ocasiones por amenazas y agresiones y se había opuesto a que viera sin supervisión a la niña. Pese a ello, el hombre mató a la pequeña Andrea y después se suicidó.
El CEDAW, que se ocupa del cumplimiento del tratado que prohíbe la discriminación de la mujer —que España ha firmado y ratificado—, ha emitido un dictamen vinculante en el que indica que la Administración española debe indemnizar “de manera proporcional” a Ángela y expone que el Estado español actuó de manera negligente: no las protegió ni a ella ni a su hija; tampoco la indemnizaron por el daño irreparable sufrido. Es la primera vez que un organismo internacional falla contra España por un caso de violencia de género. “La condena es contundente. El CEDAW dice claramente que las negligencias de la Administración de Justicia llevaron a la muerte de Andrea”, apunta Viviana Waisman, directora de Women’s Link Worldwide, la organización que ha llevado el caso hasta la ONU.
Ángela González había huido de su casa en 1999 con su hija de tres años. Llevaba sufriendo malos tratos desde que se quedó embarazada, cuando denunció por primera vez a su marido. Pese a irse, las agresiones siguieron. En el proceso de divorcio, el juez concedió al padre un régimen de visitas tutelado. Pero dos años después, sin atender la recomendación del equipo de servicios sociales que supervisaba esos encuentros, el juez aceptó un recurso del hombre y permitió que viera a la niña a solas. Una docena de vistas más tarde, el hombre la mató de tres disparos en Arroyomolinos (Madrid).
Tras lo ocurrido, Ángela denunció que la Administración, a la que había alertado, no había protegido a su hija. Perdió en todas las instancias. Entonces decidió acudir al CEDAW.
La directora del Instituto de la Mujer, Carmen Plaza, ha admitido hoy que “no se dio la protección que hubiese podido prevenir esta muerte”, aunque recordó que desde entonces España “ha evolucionado mucho”, sobre todo gracias a la Ley contra la Violencia de Género de 2004.
La Administración tiene ahora seis meses para abrir un procedimiento sobre el caso, determinar la indemnización y también para difundir el dictamen “a todos los públicos relevantes”, indica la CEDAW. La resolución, además, recomienda a España que todos los jueces y personal judicial sigan cursos para evitar los estereotipos de género. Estos, indica Waisman, más la idea de que para los niños siempre es mejor conservar la relación con el padre, aunque sea un maltratador, provocan situaciones como la de Ángela.

Según el Consejo General del Poder Judicial, los jueces solo dictaminan la suspensión del régimen de visitas en el 3% de los casos de violencia de género. “Esto demuestra que en la práctica persisten los estereotipos y la misma falta de credibilidad en la madre que propiciaron aquel crimen. Hay que derribar la idea de que un maltratador no es obligatoriamente un mal padre: lo es desde el momento que hace daño a la madre. Y acabar también con la idea de que las madres utilizan las denuncias por violencia para sacar beneficios en los divorcios o quitar la custodia a los padres”, subraya Miguel Lorente, ex delegado del Gobierno para la Violencia de Género. Varios colectivos, como la Asociación de Mujeres Juristas Themis y la Federación de Mujeres Progresistas, insistieron ayer en esto, y pidieron al Gobierno medidas para que los jueces restrinjan o prohíban, de manera obligatoria y no potestativa, los regímenes de visita de los acusados y condenados por violencia de género.

http://sociedad.elpais.com/sociedad/2014/08/04/actualidad/1407137771_603454.html

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